Si te has quedado en paro recientemente, y estás pensando en solicitar la capitalización de la prestación por desempleo para el inicio de una actividad económica, seguro que este artículo será de tu interés.
En términos generales, la capitalización o solicitud del pago único del paro, es una medida con la que se tratan de incentivar las iniciativas a la nueva creación de empleo, es decir, las iniciativas emprendedoras.
Ahora bien, vamos a responder de la forma mas clara posible a una serie de preguntas frecuentes que suelen aparecer cuando nos planteamos esta posibilidad.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el pago único del paro?
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y que, a la fecha de la solicitud del pago único, estén pendientes de recibir al menos tres mensualidades. En caso de las personas beneficiarias de la prestación por cese de actividad, será necesario que resten seis meses de la misma.
- No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Realizar el inicio de la actividad para la que se solicita el pago único en un plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago.
- No haber compatibilizado en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo.
- En el caso de que los estatutos de una cooperativa dicten la necesidad de superar un periodo de prueba para la inclusión en esta, aunque la solicitud del pago único esté aprobada, el solicitante solo lo recibirá cuando acredite haber superado dicho periodo de prueba.
Una vez conoces los requisitos para solicitar el pago único del paro, y te van a abonar todas las cuantías que resten por percibir del mismo, ahora debes conocer el destino que debe tener la cuantía que recibimos, ya que es otro factor a tener en cuenta.
¿Cómo invertir la cuantía de pago único de prestación por desempleo?
La cuantía que recibas como pago único del paro que nos corresponde, deberá ser utilizada de una de las siguientes maneras:
- Utilizar el importe percibido para realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.
- Incorporarse de una manera estable como socios en cooperativas o sociedades laborales ya constituidas.
- Comenzar una actividad como persona trabajadora autónoma. Excluidos en este caso los trabajadores autónomos económicamente dependientes, habiendo firmado un contrato con una empresa con la que se haya mantenido una relación laboral inmediatamente anterior a la situación de desempleo.
No olvides que la fecha de solicitud debe ser anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o al inicio de la actividad como trabajador autónomo o como socio de una entidad mercantil.
Además, si recibes tu prestación como pago único, no podrás volver a recibir prestación por desempleo durante el tiempo al que correspondería la prestación de dicho pago único, ni solicitar otra capitalización en los cuatro años posteriores.
Una vez has decidido que quieres solicitar el pago único, es necesario conocer la documentación que será necesaria aportar para comenzar dicho trámite. Si es aceptada dicha solicitud, se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, una vez restado el importe que corresponda al interés legal del dinero.
En el caso de que no reciba su prestación en su totalidad, el importe restante lo podrá recibir mediante abonos mensuales para subvencionar su cotización a la seguridad social.
¿Qué documentación necesito para pedir el pago único por desempleo?
- Impreso de solicitud de pago único, modelo oficial.
- Memoria explicativa del proyecto de la actividad que se va a desarrollar y de la inversión a realizar, excepto que se solicite exclusivamente la subvención de las cuotas a la Seguridad Social.
- Para personas con nacionalidad española: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Para personas extranjeras con residencia legal en España:
-Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en la que consta el NIE, además del pasaporte o documento identificativo de su país de origen.
-No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
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En caso de no estar seguro de cumplir los requisitos necesarios, una alternativa al pago único es solicitar la compatibilización del paro con la actividad de autónomo.
Hola quería hacer una memoria explicativa para solicitar el pago único para una tienda de alimentación pero no se si en activos circulantes puedo poner el género que necesito para vender si pueden explicarme o me la pueden hacer ustedes me lo harían saber gracias!