El próximo 15 de febrero será la fecha tope para que las guarderías y escuelas infantiles puedan presentar una declaración informativa a la Agencia Tributaria, en forma de modelo 233, con los datos de los todos los menos matriculados durante al menos un mes completo durante el año 2.018.
De esta forma, la Agencia Tributaria tendrá todos los datos antes de que empiece la campaña de la Renta correspondiente al año 2018 y podrán incluir el cheque guardería, el cual incrementará la deducción por maternidad –actualmente de 1.200€- para las mujeres trabajadoras en hasta un máximo de 1.000€ por año, cantidad que se podrá deducir por gastos de escolarización de niños de entre cero y tres años.
En el supuesto de que el hijo cumpla los tres años durante el año en curso, se podrá aplicar esta deducción hasta el mes anterior a que el hijo comience el segundo ciclo de educación infantil.
¿Cómo acceder al cheque guardería?
Tal y como hemos remarcado al empezar, únicamente serán las guarderías o centros autorizados quienes tendrán que detallar los menores matriculadores y los gastos que den derecho a un incremento de la deducción. Por tanto, serán las propias guarderías o centro autorizados los que nos darán el “acceso” al cheque guardería al presentar el modelo 233.
¿Qué información contiene el modelo 233?
- Primero, se identificarán las personas que tienen atribuida la guarda y custodia en exclusiva (normalmente los padres) con NIF, nombre y apellidos.
- Identificación del menor de 3 años, con nombre, apellidos, fecha de nacimiento y NIF en caso de tenerlo.
- Se cuantificarán los meses completos que el menor ha estado matriculado en la guardería o centro de educación infantil.
- En el caso de que se cumplan los 3 años durante el ejercicio. Se ampliará la información hasta el mes anterior a que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.
- Habrá que especificar los gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil, identificando, en caso de haberlos, los gastos que hayan sido subvencionados o satisfechos por la empresa donde trabaje alguno de los progenitores o tutores del menor.
¿De quién es la obligación de presentar el modelo 233?
La obligación de presentar el modelo 233 para la obtención del cheque guardería será única y exclusivamente del centro educativo, en ningún caso deberán presentarlo los progenitores.
¿Qué debe hacer el progenitor o tutor del menor?
Únicamente tendrá que informar a su asesoría sobre la existencia de estos pagos realizados a guarderías. Justificando mediante recibos estos pagos realizados. De esta forma, la asesoría podrá tener en cuenta este gasto y aplicar la correspondiente bonificación fiscal a la hora de realizar la declaración de la Renta.
Esperamos que les haya sido útil la información, si tiene más dudas puede contactar con nosotros dejándonos un mensaje, y para cualquier otra cuestión puede llamarnos o visitar nuestra web en Asesoría Alonso. Somos su asesoría en Granada.